Separación matrimonial y divorcio

Lola Sancho Cabrera

Los cónyuges se pueden ahorrar gestiones con los abogados, costes judiciales, y conseguir más rapidez en la separación legal o el divorcio.


El denominado divorcio express, pretende un trámite más rápido y con menos costes para los cónyuges. Es la primera reforma de la ley que legalizó el divorcio en España en 1981, desde cuya entrada en vigor se han presentado más de millón y medio de demandas en todo el país.

Puntos importantes en la nueva ley de separación y divorcio
  • Se amplia el ámbito de libertad de los cónyuges para solicitar la disolución de la relación matrimonial.
  • No es necesario el consenso de ambos, basta que uno de los cónyuges no desee la continuidad del matrimonio para que comience el proceso. El demandado no puede oponerse por motivos materiales, y el juez no puede rechazar la petición, salvo por motivos personales.
  • Ya no es necesario presentar causas. El artículo donde se especificaba cada una de las causas para poder entablar la separación o divorcio ya no existe. Por lo que, ya no se necesita aportar ninguna causa para poder obtenerlo. Bastará con el deseo de uno de los cónyuges.
  • El plazo para poder solicitarlo se ha reducido considerablemente. Bastará que hayan transcurrido tres meses desde la fecha de la boda.

La situación de los hijos ante la ruptura matrimonial

  • Se refuerza la libertad de decisión de los padres respecto a la patria potestad. En el convenio regulador puede atribuirse a uno o a los dos padres de forma compartida.
  • El Juez también puede adoptar una decisión en caso de procesos incoados por uno solo de los cónyuges.
  • En el caso de la guardia y custodia de los hijos, se ejerce la libertad de elección. Los padres deciden si se ejercerá por uno o los dos de forma compartida.
  • En falta de acuerdo, el juez puede concederla si lo solicita uno de los cónyuges, tras analizar el Ministerio Fiscal, y también un estudio de un equipo de especialistas.
  • Se prohíbe la custodia compartida si existe violencia familiar.

Contrato matrimonial. Obligaciones y derechos, ante la ruptura

  • Las partes pueden pedir al juez la suspensión de las actuaciones judiciales para acudir a la mediación familiar, en donde tratarán de alcanzar una solución consensuada.
  • Los cónyuges están obligados a compartir las tareas domésticas, y el cuidado y atención a personas dependientes, por lo que, en caso de ruptura, el no haber cumplido esas obligaciones podrá ser relevante para la causa.
  • La compensación al cónyuge que la separación o divorcio produzca un desequilibrio económico, podrá consistir en una prestación única.
  • El Estado garantizará el pago de alimentos a favor de los hijos menores, reconocido en convenio judicialmente aprobado, o en resolución judicial.
Artículos 81  y 86 Código civil, sobre separación y divorcio


“Artículo 81:

Se decretará judicialmente la separación, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio:
  1. A petición de ambos cónyuges o de uno con el consentimiento del otro, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. A la demanda se acompañará una propuesta de convenio regulador redactado conforme al artículo 90 de este Código.
  2. A petición de uno solo de los cónyuges, una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. No será preciso el transcurso de este plazo para la interposición de la demanda cuando se acredite la existencia de un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos de ambos o de cualquiera de los miembros del matrimonio.
A la demanda se acompañará la propuesta fundada de las medidas que hayan de regular los efectos derivados de la separación.”

“Artículo 86:

Se decretará judicialmente el divorcio, cualquiera que sea la forma de celebración del matrimonio, a petición de uno solo de los cónyuges, de ambos o de uno con el consentimiento del otro, cuando concurran los requisitos y circunstancias exigidos en el artículo 81.”

Por tanto, y en vista de lo anterior, se entiende que desde el 10 de julio de 2005, fecha de entrada en vigor de la citada ley, las parejas que desean disolver su vínculo matrimonial, o simplemente una separación legal, pueden hacerlo de una manera más ágil y rápida. A la vez que los derechos de los hijos, parece ser, están más protegidos de las incursiones ventajistas de los progenitores que quieren actuar en contra del otro, al establecerse la regulación de la custodia compartida y el derecho de los hijos a opinar y ser oídos, entre otras medidas.

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